Cambio de títulos valores físicos para el pago de la deuda política a macrotítulos desmaterializados (estandarizados) del Gobierno de Costa Rica
Resumen
La Contribución del Estado a los partidos políticos para el financiamiento de la campaña electoral, está regulada en el artículo 96 de la Constitución Política y el Código Electoral. Este último indica las características de los títulos valores que el Ministerio de Hacienda por medio de la Tesorería Nacional emite, para sufragar los gastos susceptibles de ser legalmente justificados ante el TSE, y que se originan de la participación de los partidos políticos en las campañas electorales para la elección de los miembros del Poder Ejecutivo y Legislativo.
Al presentarse la consulta por parte de los tenedores de los bonos de Contribución Estatal, sobre la posibilidad de negociar estos títulos en el mercado financiero local, surge la necesidad de analizar la viabilidad de que se otorgue bursatilidad a dichos valores. Esto motivó el desarrollo del presenta proyecto en la Unidad de Atención de Deuda de la Tesorería Nacional.
La legislación alrededor de este tema no indica si la emisión debe ser de tipo estandarizada o desestandarizada, pero dadas las condiciones particulares de la emisión y la colocación de los bonos, no se ha emitido como objeto de negociación en el mercado de valores.
Como producto de la investigación realizada mediante la aplicación de entrevistas y la consideración del marco legal, se concluye que es factible que la Tesorería Nacional realice la emisión estandarizada de dichos títulos con representación de anotación en cuenta ante la SUGEVAL; no obstante, es recomendable que se solicite el criterio legal ante el o los órganos correspondientes.
Descripción
Proyecto de graduación (Bachillerato Administración de Empresas) Instituto Tecnológico de Costa Rica, Escuela de Administración de Empresas, 2011